SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) llamó a los ciudadanos que se registraron para trabajar en los colegios electorales y a los auxiliares y técnicos a cumplir su compromiso con la nación y presentarse puntualmente este domingo en los lugares que escogieron voluntariamente.
“Hacemos un llamado a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que han hecho un compromiso con la nación, a honrar el mismo, atendiendo de manera puntual al lugar que voluntariamente optaron, para ser residente, secretario o miembro de un colegio electoral”, dice una declaración firmada por el presidente del organismo doctor Roberto Rosario Márquez. Los colegios electorales deben abrirse a las 6.00 de la mañana.
Dijo que la JCE garantiza “el cumplimiento por nuestra parte, de la responsabilidad de asignación de dietas y suministro de alimentos para la jornada”, en adición a lo ya recibido; y el próximo martes o miércoles de la semana entrante los miembros de los colegios electorales están invitados a presentarse a la Junta Electoral correspondiente, a retirar la parte adicional, atendiendo a la extensión del horario originalmente previsto.
Rosario Márquez explicó que en los casos en que alguno de los miembros designados para trabajar en un colegio electoral falte, debe aplicarse lo previsto en el artículo 114 de la Ley Electoral 275-97, que dice cómo se sustituyen los ausentes y se constituye el Colegio Electoral.
La citada ordenanza establece lo siguiente: “INSTALACION DE LOS COLEGIOS ELECTORALES. Los miembros del personal de cada colegio electoral, incluyendo al sustituto del secretario, están en la obligación de presentarse en el local donde éste deba laborar, a más tardar media hora antes de la señalada para el comienzo de la votación. Si a la hora de iniciarse la votación no se hubiese presentado ni el presidente ni los vocales a ocupar sus puestos en un colegio electoral, la instalación comenzará cuando se presentare alguno de ellos, quien deberá escoger uno o dos ciudadanos que reúnan las condiciones exigidas para ser elector que sustituyan a los miembros ausentes hasta que éstos se presenten. Si quien faltare fuere el presidente, presidirá el primer vocal. Si faltare el secretario y su sustituto, el presidente o quien haga sus veces designará a un ciudadano capaz de desempeñar tales funciones hasta tanto se presentare uno de ellos”.
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