Calificó, además, de acciones “antidemocráticas” la actitud del gremio de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) |
SANTO DOMINGO- DIARIO LIBRE.- La Fundación Institucionalidad y Justicia
(Finjus) afirmó este domingo que el ministro de Educación, Andrés Navarro, “ha
actuado apegado a la legalidad” al ejecutar la Ordenanza 24-2017, que
reglamentó el proceso de selección de 18 directores regionales y 22 distritales
y que, según esa entidad, se hizo respetando los mecanismos que otorga la Ley
Orgánica de Educación 66-97.
Finjus calificó, además, de acciones
“antidemocráticas” la actitud del gremio de la Asociación Dominicana de
Profesores (ADP), la que consideró como “una grave amenaza a la estabilidad, la
gobernabilidad y la convivencia pacífica” que atenta contra el derecho
fundamental a la educación de niños y niñas de República Dominicana.
En una comunicación de prensa enviada a los
medios de comunicación, exhortó al Ministerio de Educación “a tomar todas las
medidas legales que sean adecuadas para garantizar el derecho fundamental a la
educación en la sociedad dominicana, procediendo a elevar los recursos
necesarios en la jurisdicción correspondiente para poner un alto a estas
actitudes que dañan gravemente a los más pobres del país”.
Explicó que “ajustándose” al contenido de las
normas, Navarro “encomendó a una comisión de expertos el estudio de los
expedientes de los 149 candidatos presentados y posteriormente realizó la
designación correspondiente”.
“Ningún
sector puede atribuirse una posición de juez y parte en los conflictos que se
originan en una sociedad democrática, colocándose por encima del ordenamiento
jurídico y erigiéndose en propietario de la verdad y la razón”
A su entender “es el momento de enfrentar
esta grave situación que se está abriendo con firmeza y apego total al debido
proceso y los procedimientos legales y constitucionales vigentes”.
En el comunicado agrega que desde Finjus se
había analizado jurídicamente los detalles del enfrentamiento entre el Minerd y
la ADP y determinó “que los esquemas de designación que instituye la Ordenanza
No. 24-2017 sí están adecuados al artículo 139 de la Ley Orgánica de Educación,
la cual establece que “Los cargos administrativo-docentes y técnico-docentes de
los diversos niveles del sistema educativo público serán servidos previos
concursos de oposición, o por oposición y méritos profesionales”.
“Sumado
a lo anterior, la norma en ningún momento prohíbe la presentación de ternas,
tal como bien realizó el Ministerio de Educación, sino que esta última entidad,
a través de la formulación de políticas públicas, logró darle operatividad a un
texto legal, del cual depende mucho la educación de nuestro país”, concluye.
El artículo 105 de la Ley Orgánica de
Educación, 66-97, establece la creación de “las Juntas Regionales, Distritales
y de Centro Educativo como órganos descentralizados de gestión educativa que
tendrán como función velar por la aplicación de las políticas educativas
emanadas del Consejo Nacional de Educación y de la Secretaría de Estado de
Educación y Cultura en su propio ámbito y competencia”.
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