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6 de marzo de 2018

Dictan 15 años por robo Fondo Trabajadores de Construcción

Moisés Rigoberto Peña Espinal, condenado

Por: Yelissa rosario y.rosario@hoy.com.do
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a 15 años de prisión al abogado Moisés Rigoberto Peña Espinal, encontrado culpable de la sustracción de 50 millones de pesos del Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción (Fopetcons).
En el ámbito civil fue condenado a una multa de 200 salarios mínimos, y el pago de 70 millones de pesos como indemnización.
Estaba acusado por el Ministerio Público de asociarse a la tesorera de Fopetcons, Leticia Castro Mora, para la sustracción de los valores, quien traspasó los fondos de la cuenta de la institución a varias cuentas de Peña Espinal.
Contra Castro Mora, quien llevaba el proceso en libertad, el tribunal la declaró prófuga y emitió orden de arresto, luego de que se ausentara a las últimas audiencias.
Por votación unánime el tribunal dijo: primero que se trataba de un robo asalariado, no robo simple y de una asociación de malhechores, por entender que la participación de Peña Espinal fue fundamental para la obtención del resultado, por lo que este debía responder como autor.
Las juezas indicaron que se pudo comprobar, que las transferencias se hicieron desde la computadora que tenía y manejaba Castro Mora desde la cuenta a la que ella tenía acceso y que inmediatamente los valores eran depositados, Peña Espinal los retiraba.
Las dos primeras transferencias por 10 millones de pesos se hicieron el 13 de noviembre del 2014 a una de las cuentas de Peña Espinal, quien hizo los retiros el día 14.
El Ministerio Público lo acusaba además de lavado de activos, pero el mismo fue rechazado porque el tribunal consideró que no se aportó nada en cuanto a esto.
Pena ejemplar. Antes de expresar su fallo y tras considerar las circunstancias del hecho, el tribunal indicó que el mismo necesitaba una pena ejemplarizadora primero, por las condiciones del imputado, que era un profesional con pleno conocimiento de la ilicitud de la conducta y por el perjuicio causado a las víctimas.
“Para que sirva de disuasivo, para que en el futuro ni este imputado ni los ciudadanos se sientan tentados a cometer conductas de similar naturaleza”, expresó la magistrada Esmirna Giselle Méndez, presidenta del tribunal.

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