LA ROMANA.- El
Juzgado de Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó apertura a
juicio el caso que desde hace más de un año se sigue en esa jurisdicción contra
Dales Agente de Cambio, Esthela Altagracia Rodríguez Santana y Jacinto Santana,
demandados por el empresario italiano Antonio Di Loreto.
El Tribunal,
presidido por el Magistrado Ismael Nehemías Ramírez Santana, acogió el pedido
del Ministerio Público, representado por el doctor Wilson Santana, para que se
dictara la apertura a juicio.
Antonio Di Loreto
se había querellado ante el Ministerio Público de La Romana contra la
licenciada Cristina Ramírez, licenciada Esthela Altagracia Rodríguez, de Dales
Agente de Cambio; Jacinto Santana Díaz, Kersalia Santana Rodríguez y Odalis
Remigio.
Actuando en su
nombre, así como de la empresa AGROTURÍSTICA LA ISABELA, Di Loreto presentó su
querella “con constitución en actor civil sobre la ocurrencia de los hechos que
constituyen crímenes y delitos cometidos en su contra, con las características
de FALSEDAD EN ESCRITURA PÚBLICA Y PRIVADA Y ASOCIACIÓN DE MALHECHORES”.
En el transcurso
del proceso que inició en el mes de febrero del año 2014, fueron declaradas en
rebeldía la licenciada Ramírez y Odalís Remigio, mientras se habían dispuesto
medidas cautelares contra Jacinto Santana (prisión preventiva), y Esthela
Altagracia y Kersalia Santana Rodríguez.
El dispositivo de
la sentencia admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra
de Jacinto Santana Díaz y Esthela Altagracia Rodríguez Santana y en
consecuencia se dicta apertura a juicio contra los imputados por violación a
los artículos 147, 148, 150, 151, 265, y 266 del Código Penal Dominicano.
Fueron acreditadas
las pruebas presentadas por el Ministerio Público y la parte acusadora, así como
la defensa técnica de los acusados del caso en cuestión.
En la misma
audiencia el Tribunal dispuso el cese de la medida de coerción que pesaba
contra Kersalia Santana y dictó No Ha Lugar en su caso, mientras que a Jacinto
Santana se le varió la prisión preventiva por una Fianza de un millón de pesos
en la modalidad efectivo, impedimento de salida del país sin autorización y
presentación periódica los días 15 y 30 de cada mes.
La compañía Dales
Agente de Cambio fue incluida como Tercero Civilmente demandable. Esthela
Altagracia Santana Rodríguez es la administradora de Dales Agente de Cambio.
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