Según el penalista
Silvio Guerra, la Corte Suprema 'se apuntala de manera histórica una
reivindicación de credibilidad en derecho', al reconocer que no tiene
competencia para juzgar al expresidente.
Adiel Bonilla - abonilla@epasa.com
Panamá.- El traslado del
caso al Sistema Penal Acusatorio abre un abanico de opciones para la defensa.
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La decisión del
pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de empinarse por encima de
presiones políticas y declinar competencia en el proceso que le sigue a Ricardo
Martinelli, expresidente y exdiputado del Parlamento Centroamericano
(Parlacen), supone un "lección de credibilidad en derecho", a pesar
de que sigue el debate sobre la legalidad de lo actuado por el juez de
garantías, Jerónimo Mejía.
Así lo manifestaron
diversos voceros de sectores jurídicos, quienes reaccionaron con beneplácito a
la decisión de la CSJ de admitir que había perdido competencia para conocer de
este inédito caso.
"La Corte se
apuntala de manera histórica una reivindicación de credibilidad en
derecho", señaló el reconocido penalista Silvio Guerra, quien destacó que
la decisión se toma en estricto derecho, sin importar las pasiones políticas,
el sentir de los extremos políticos, o los dimes y diretes.
"Creo que la
CSJ actuó como lo que es: la Corte Suprema de Justicia de Panamá", agregó.
"Para los que
creemos en el derecho, se le ha dado una verdadera lección al país, pero
también una lección a los políticos. Es decir, la Corte Suprema de Justicia
decide hacer valer lo que dice la ley, lo que dice la Constitución y no debe
ser de otra manera", reiteró el jurista.'
Lo que viene
Opciones de
defensa: Abogados consultados explican que el traspaso de este caso al SPA,
amplía un abanico de oportunidades de defensa.
Tribunal de juicio:
Por ejemplo, la decisión de condena o absolución pasa a manos de un tribunal de
juicio conformado por tres. Y previo a su fallo, se tiene derecho a
incidencias, nuevas acciones de amparo, así como sustitución para modificar la
medida de detención.
Anulaciones:
Incluso, ante una eventual condena, el procesado tiene derecho a aplicar un
recurso de anulación de sentencia por ser la decisión contraria a las pruebas.
Puede también presentar un recurso extraordinario de casación o de revisión.
“Se está a tiempo de enrumbar el caso, una vez llegue al juzgado competente”,
dijo Dionisio Rodríguez.
No obstante, la
decisión asumida por el Supremo panameño, con votación de 7 a 2, vino
acompañada con otro tema para el debate: se avala también lo actuado por el
magistrado en funciones de juez de garantías, Jerónimo Mejía.
"Discrepo de
ese criterio", mencionó Silvio Guerra, y explicó que desde su perspectiva
debió retrotraerse la nulidad hasta aquellos actos procesales previos a la
etapa intermedia de este caso, haciendo énfasis en la contundencia de la Constitución
sobre este tema.
"Yo creo que
en materia penal, lo que es contra Constitución no puede ser validado. La
sanción a los actos nulos, de nulidad absoluta, no es otra que no surtir
eficacia alguna en el proceso", detalló.
Para el abogado
Luis Eduardo Camacho González, es "contradictoria" la decisión.
Y argumenta que si
la Corte no es competente para juzgar a Ricardo Martinelli, o no es el juez
natural, "¿cómo puede un magistrado validar pruebas o desestimar pruebas,
e incluso anunciar un auto de apertura de juicio oral?".
En todo caso,
adelantó que la defensa de Martinelli acudirá a todas las instancias necesarias
para hacer valer el respeto a la ley.
Pero sobre el
reconocimiento de la pérdida de competencia, Camacho González celebró la
independencia de la mayoría del Pleno, quienes "le demostraron a Jerónimo
Mejía que su criterio estaba incorrecto, que no tenía razón, y que sus
decisiones carecían de sustento".
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