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10 de diciembre de 2018

Declinación de la Corte Suprema de Justicia en caso Ricardo Martinelli 'dio una lección a políticos'


Según el penalista Silvio Guerra, la Corte Suprema 'se apuntala de manera histórica una reivindicación de credibilidad en derecho', al reconocer que no tiene competencia para juzgar al expresidente.
Adiel Bonilla - abonilla@epasa.com
Panamá.- El traslado del caso al Sistema Penal Acusatorio abre un abanico de opciones para la defensa. Archivo
 La decisión del pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de empinarse por encima de presiones políticas y declinar competencia en el proceso que le sigue a Ricardo Martinelli, expresidente y exdiputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), supone un "lección de credibilidad en derecho", a pesar de que sigue el debate sobre la legalidad de lo actuado por el juez de garantías, Jerónimo Mejía.
Así lo manifestaron diversos voceros de sectores jurídicos, quienes reaccionaron con beneplácito a la decisión de la CSJ de admitir que había perdido competencia para conocer de este inédito caso.
"La Corte se apuntala de manera histórica una reivindicación de credibilidad en derecho", señaló el reconocido penalista Silvio Guerra, quien destacó que la decisión se toma en estricto derecho, sin importar las pasiones políticas, el sentir de los extremos políticos, o los dimes y diretes.
"Creo que la CSJ actuó como lo que es: la Corte Suprema de Justicia de Panamá", agregó.
"Para los que creemos en el derecho, se le ha dado una verdadera lección al país, pero también una lección a los políticos. Es decir, la Corte Suprema de Justicia decide hacer valer lo que dice la ley, lo que dice la Constitución y no debe ser de otra manera", reiteró el jurista.'
Lo que viene
Opciones de defensa: Abogados consultados explican que el traspaso de este caso al SPA, amplía un abanico de oportunidades de defensa.
Tribunal de juicio: Por ejemplo, la decisión de condena o absolución pasa a manos de un tribunal de juicio conformado por tres. Y previo a su fallo, se tiene derecho a incidencias, nuevas acciones de amparo, así como sustitución para modificar la medida de detención.
Anulaciones: Incluso, ante una eventual condena, el procesado tiene derecho a aplicar un recurso de anulación de sentencia por ser la decisión contraria a las pruebas. Puede también presentar un recurso extraordinario de casación o de revisión. “Se está a tiempo de enrumbar el caso, una vez llegue al juzgado competente”, dijo Dionisio Rodríguez.
No obstante, la decisión asumida por el Supremo panameño, con votación de 7 a 2, vino acompañada con otro tema para el debate: se avala también lo actuado por el magistrado en funciones de juez de garantías, Jerónimo Mejía.
"Discrepo de ese criterio", mencionó Silvio Guerra, y explicó que desde su perspectiva debió retrotraerse la nulidad hasta aquellos actos procesales previos a la etapa intermedia de este caso, haciendo énfasis en la contundencia de la Constitución sobre este tema.
"Yo creo que en materia penal, lo que es contra Constitución no puede ser validado. La sanción a los actos nulos, de nulidad absoluta, no es otra que no surtir eficacia alguna en el proceso", detalló.
Para el abogado Luis Eduardo Camacho González, es "contradictoria" la decisión.
Y argumenta que si la Corte no es competente para juzgar a Ricardo Martinelli, o no es el juez natural, "¿cómo puede un magistrado validar pruebas o desestimar pruebas, e incluso anunciar un auto de apertura de juicio oral?".
En todo caso, adelantó que la defensa de Martinelli acudirá a todas las instancias necesarias para hacer valer el respeto a la ley.
Pero sobre el reconocimiento de la pérdida de competencia, Camacho González celebró la independencia de la mayoría del Pleno, quienes "le demostraron a Jerónimo Mejía que su criterio estaba incorrecto, que no tenía razón, y que sus decisiones carecían de sustento".

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