El consejo de la defensa
de Liliana Santana recurrió en casación ante la Suprema Corte de Justicia la
decisión de la segunda sala penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo
Este que revocó el No Ha Lugar dictado
en favor de Liliana Santana en mayo del 2018 y emitió un Auto de Apertura a
Juicio en su contra y de los imputados principales Darwin Trinidad Infante y
Juan Cabral Martínez.
Trinidad Infante y
Cabral Martínez ya fueron juzgados y condenados en febrero del 2019 a 30 años
de prisión porque fueron encontrados culpables del secuestro y muerte de Carla
Massiel en agosto de 2015, en un largo proceso que estuvo a cargo de la jueza
Hilda Sánchez.
La corte de apelación
que decidió enviar a juicio a Liliana Santana estuvo integrada por Marcia
Raquel Polanco, Wendy Altagracia Santana Valdez y Manuel Hernández Victoria,
quien tuvo un voto disidente.
El doctor Luis Rivas
abogado principal de Liliana Santana dijo “es una locura judicial porque ahora
por los mismos hechos volverán a ser juzgados quienes fueron encontrados
culpables y condenados a 30 años de prisión, algo insólito y violatorio de
preceptos constitucionales”.
Destacó que en cuanto a
Liliana Santana, se violaron sus derechos de tutela judicial y de defensa,
porque la Corte ignoró todas las pruebas presentadas en su favor tanto por sus
abogados, como por el Ministerio Público, las cuales la exoneran y demuestran
que no tuvo ningún vínculo con ese caso.
Esta decisión equivocada
del tribunal, de excluir las pruebas que exoneran a Liliana Santana, la dejan
en un estado de indefensión y, además, la corte violó el principio de
obligación de estatuir al no decidir planteamientos formulados por la
defendida.
Rivas citó la evaluación
siquiátrica del imputado principal Darwin Trinidad Infante, que demostró que es
un mitómano, y fue quien inventó la historia para involucrar a Liliana Santana
en los hechos, una persona a la que sólo conocía de nombre como quedó
demostrado en el tribunal.
En su favor, dijo Rivas,
están los testimonios de muchas personas, en el juicio, las pruebas periciales
y la amplia investigación que realizó el Ministerio Público en este caso, que
cubrió todos los aspectos.
Para revocar el No Ha
Lugar, explicó, la Corte de Apelación se fundamentó en la declaración de Darwin
Trinidad Infante, encontrado culpable, a pesar de que ninguna de las pruebas
manejadas confirma el relato con el cual pretende inculpar a Liliana Santana; y
las declaraciones de coimputados no tienen valor si no pueden corroborarse con
otras pruebas.
Rivas dijo que un hecho
que confirmó la condición de mitómano fue cuando dijo que tenía en su celular
fotos de una persona muerta a la que en la clínica del doctor Santana, padre de
Liliana Santana, le habían sacados los órganos para venderlos. “Cuando Fiscalía
investigó, era una fotografía sacada de Internet que ni siquiera fue tomada en
República Dominicana”.
La versión original
ofrecida por Trinidad sobre el crimen de Carla Massiel fue que cometió el hecho
por encargo del doctor Santana, porque se usarían sus órganos para ser
trasplantados a su cuerpo, y luego cuando se enteró de que Santana había
fallecido se enfocó en su hija Liliana. La familia autorizó al Ministerio
Público a realizar una autopsia a su cadáver y esta demostró que no hubo trasplante
alguno y se trataba de una historia falsa.
Lo único que se ha
esgrimido contra Liliana, dijo Rivas, es el testimonio del comprobado asesino
de Carla Massiel, que es la historia inventada por un mitómano, y de la cual no
se ha podido comprobar nada, ni existe una prueba, afirmó.
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