Esta semana, el presidente de la República,
Danilo Medina promulgó la ley que protege y establece los mecanismos del
derecho a la intimidad y la imagen de personas accidentadas.
PARTE DE LA DIRECTIVA SODOMEDI |
Santo Domingo.- Tomando en cuenta la
importancia de esta resolución, la Sociedad Dominicana de Medios Digitales
(Sodomedi), entidad que aglutina a los dueños de medios de comunicación
digital, saluda esta decisión porque apela a la integridad que merece toda persona.
“Como
entidad, la asumiremos como un reforzamiento a los reglamentos éticos que rigen
la institución. Nuestro objetivo es seguir haciendo conciencia a nivel general
sobre este tema tan delicado y que en cualquier momento podría afectar a uno de
nosotros. Por eso, nos hacemos promotores de la misma”, aseguró Ramón Chávez,
presidente de Sodomedi.
Hizo hincapié que por buscar tráfico en sus
portales, no se debe abusar del buen nombre, integridad e imagen de personas
fallecidas o accidentadas que lamentablemente quedan en muy mal estado. “Por
eso, reporteros gráficos, policías, transeúntes, comunicadores y periodistas no
debemos hacernos eco ni divulgar imágenes lamentables que quedan grabadas en la
memoria de familiares, lo cual aumenta su dolor”.
Ramón Chávez afirmó que “esta ley llega en un
momento propicio para garantizar la intimidad de la persona aún este haya
perdido la vida. En Sodomedi valoramos como muy positiva esta normativa, sin
embargo, entendemos que faltó colocar
sanciones drásticas por la violación de la misma”.
Aplicación
Según indica el documento, esta ley se
aplicará a todas las personas, físicas o jurídicas; públicas o privadas que
utilizando cualquier medio violenten el derecho al honor, a la intimidad
familiar, a la propia imagen de las personas fallecidas y sus familiares.
Las personas accidentadas también podrán reclamar
protección de sus derechos a la intimidad y la propia imagen cuando sin su
autorización, su imagen ha sido divulgada por cualquier medio de comunicación.
Asimismo, el artículo 7 de la Ley establece
que los familiares de un fallecido o la persona autorizada tienen derecho a
incoar una demanda por la intromisión ilegítima en sus datos personales o la
divulgación de su imagen sin autorización, que vulneren el honor y la imagen
del fallecido y la intimidad familiar.
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