La nueva cita será el próximo 8 de julio, a las 9:00 de la mañana, en la Cámara Penal del Distrito Judicial.
Ramón
Chávez
El
aplazamiento con fecha del próximo 8 de julio, de la primera audiencia fue
conocido en la sala de audiencias A.007 de la Cámara Penal del Distrito
Judicial La Altagracia en contra de la Corporación Aeroportuaria Del Este S.A.S
y la empresa GRUPO PUNTA CANA S.A.S. a los fines de que Rainieri Marranzini se
presenté al tribunal y que las partes tomen conocimiento de las piezas
probatorias que harán valer el proceso.
Miguel
Surum Hernández, abogado de Cabral Rodríguez externó que: "Solo queremos
que la parte acusada vaya a la cárcel y pague el fraude”. Reiteramos la
necesidad de que en este caso se haga justicia.
Han
pasado más de 15 años desde que nuestro cliente, el señor Josué Cabral entregó
un inmueble valorado en más de 150 millones dólares el cual está siendo
utilizado en estos momentos por el Aeropuerto de Punta Cana”.
“No
hay forma posible de que Frank Rainieri ni el Aeropuerto de Punta Cana cumplan
su compromiso de entregar el título del inmueble del que se comprometieron como
pago para ese valioso inmueble que han recibido.
Reiteramos
que este proceso va a llegar hasta las últimas consecuencias y la necesidad de
que las autoridades de aquí investiguen las razones por las que se negó la
investigación contra Frank Rainieri”, advirtió el abogado de la defensa.
El
jurista resaltó que el caso de Cabral es un espejo de las decenas de casos, de
dominicanos que supuestamente han sido pisoteados por el GRUPO PUNTA CANA y
Frank Rainieri, “a base de dinero y de algunas autoridades del Ministerio
Público que en componenda con dicha persona, archivan procesos y accionan
contra los infelices, mientras los ricos (como el señor Rainieri) hacen y
deshacen”.
El
proceso judicial depositado como querellamiento por estafa por ante la
Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Altagracia; Copia del Acuerdo Transaccionan de Permuta de
fecha Diecisiete (17) del mes de marzo del año 2006 firmado por Josué Cabral
Rodríguez, Reyna Cedeño y Frank R. Rainieri Marranzini.
Sobre
las implicaciones desde 2006 indicó que: “Es una estafa agravada con pena de
dos a cinco años, porque el dinero que se obtuvo a través de ese crimen se ha
lavado en las distintas operaciones del Aeropuerto de Punta Cana y eso es
lavado de activos, ley 155-17 que castiga el lavado de activos y de dineros
provenientes de actividades ilícitas, narcotráfico y terrorismo”.
El
penalista detalló que, “Como estafa agravada PUNTA CANA logró que, el señor
Josué Cabral le entregará un inmueble por 150 millones de dólares, ese grupo se
comprometió en entregar otro inmueble debidamente amparado por un certificado
de título, el cual nunca ha hecho a pesar de transcurrir 15 años”.
De
su lado, sobre la decisión del tribunal, Josué Cabral Rodríguez admitió que:
“Esperamos la fluidez de la justicia, aquí solo estamos reclamando derecho
legalmente fundamento en documentaciones, legalmente registradas en la
Propiedad Inmobiliaria.
Cuando
esos derechos son violados, el artículo 51 de la Constitución me da todo el
apoyo y agrega la ley 108-5 sobre registros inmobiliarios. Aquí en La
Altagracia todos me conocen desde que nací y que no le he hecho un mal, gracias
a Dios, a nadie y pago debidamente mis impuestos, pueden registrar y ver qué
tal he sido en mis impuestos legales”.
Concerniente
al debido proceso y el aplazamiento de la primera audiencia, Surum explicó que
es lógico y normal que ambas partes se comuniquen sobre los documentos
aportados, lo habitual es que en la primera audiencia los procesos sean
aplazados.
No hay comentarios:
Publicar un comentario