Colaboración: Ramón Beras
¿Sabes lo que es una Sociedad
Comercial, los beneficios que te aportan como empresario PYME, y cuáles son las
que hay en República Dominicana? Aquí te damos esas informaciones para que
estés al día con todo lo que pueda ser de gran ayuda para tu negocio.
Ramón Beras |
En primer lugar una sociedad
comercial es aquella sociedad que tiene por objetivo la realización de uno o
más actos de comercio o, en general, una actividad sujeta al derecho mercantil.
Dentro de los beneficios que te
puede ofrecer como empresario PYME están: protección de su Patrimonio,
crecimiento, financiación, limitación de tu responsabilidad, es decir que al
crear una sociedad, cada socio tendrá una responsabilidad limitada al capital
que haya aportado a la empresa, evitando
así poner en riesgo y resguardando su patrimonio personal.
También te permite obtener la
máxima protección contra responsabilidad personal ante posibles conflictos con
tus empleados, te da continuidad en las
actividades comerciales, te permitirá proyectar frente a terceros (clientes,
proveedores o inversores) una imagen asociada a prestigio y seriedad,
organización y atracción de inversores, es decir, al proyectar una imagen
seria, estable y de credibilidad comercial, aumentarán las posibilidades de
lograr inversiones de capital en su empresa.
La Ley dominicana de sociedades
reconoce los tipos societarios consagrados en el Código de Comercio, pero a su
vez, introduce dos nuevos: Las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y
las Empresas Individuales de Responsabilidad limitada (EIRL). De esta manera,
en República Dominicana a la fecha se reconocen y regulan seis (6) tipos de
sociedades:
Sociedades
en Nombre Colectivo: Se trata
de una sociedad externa que realiza actividades mercantiles o civiles bajo una
razón social unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieran
cubrirse con el capital social. Es un tipo de sociedad en la que algún socio no
aporta capital, solo trabajo y se denomina socio industrial.
Sociedades
en Comandita Simple: es una
sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios
colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en
la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la
gestión y cuya responsabilidad se limita al capital o comprometido con la
comandita
Sociedades
en Comandita por Acciones:
Son las que se componen de uno o varios socios comanditados que tendrán la
calidad de comerciantes y responderán indefinida y solidariamente de las deudas
sociales, y de socios comanditarios, que tendrán la calidad de accionistas y
solo soportaran las perdidas en la proporción de sus aportes.
Sociedades
de Responsabilidad Limitada (SRL): Es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad
está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se
contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.
Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada (EIRL), tiene su origen en la República Dominicana con
la promulgación de la Ley Nº 479-08 el 11 de diciembre del año 2008.
La finalidad de la creación de
esta figura legal es doble:
Potenciar el desarrollo de nuevas
iniciativas comerciales de pequeños empresarios. Poner fin a la vieja práctica
nacional de las “sociedades ficticias”, que consistía en constituir una
sociedad en que uno de los socios tiene un 94% y los demás socios, sólo un 1%.
Sociedades
Anónimas (S.A.): Es
aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una
participación en el capital social a través de títulos o acciones. Existen
sociedades anónimas tanto de capital abierto como de capital cerrado.
De las seis categorías de
Sociedades mencionadas, las primeras tres se distinguen porque sus socios o una
parte de ellos, dependiendo del tipo de sociedad, responden de manera subsidiaria,
solidaria e ilimitada de las obligaciones contraídas por la sociedad.
Las sociedades de responsabilidad
limitada y las sociedades anónimas, se distinguen porque la responsabilidad de
sus socios se limita a sus respectivos aportes sociales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario