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8 de julio de 2016

T S A fija audiencia para 12 de julio Acción de Amparo contra Póliza de Seguro de D G M

William Alcantara
SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Administrativo conocerá este martes 12 de julio la acción de amparo que procura suspender el “monopolio” de la Póliza de Seguro que mantiene la Dirección General de Migración en violación a la libertad de empresa  y en perjuicio de los ciudadanos extranjeros.

El Presidente del Tribunal Administrativo, Diomede  Villalona, por medio del Auto Numero 3503-2016 autorizo notificar a las partes para el martes 12 de julio a las 9 de la mañana para conocer la acción de amparo.

La acción de amparo fue solicitada por la Asociación Abogados Migratorios Dominicanos, Inc. (Asoamido) y busca que se cumpla con el artículo 50 de la Constitución sobre libertad de empresa y que los usuarios obtenga un servicio de calidad y al precio justo.

El presidente de la entidad, el abogado migratorio William Alcántara, explica que la actitud de la Dirección General de Migración de imponer una sola empresa de seguros que oferte la POLIZA está provocando inconvenientes y dificultades a los usuarios porque no tienen más ALTERNATIVAS.

Señala que la POLIZA DE SEGURO está contemplada en la Ley de Migración y en su Reglamento, pero en ninguna parte dice que debe ser una sola empresa, precisa que en el país hay más de 30 compañías aseguradoras que estarían en la mejor disposición de ofertar una POLIZA DE SEGURO de calidad y a un precio justo y con facilidades para que el ciudadano la pueda adquirir y agilizar el procedimiento de adquirir su residencia provisional o permanente.

Sostiene que la Constitución Dominicana establece en su Artículo 50 que “El Estado reconoce y garantiza la libre empresa, comercio e industria…” “No se permitirán monopolios, salvo en provecho del Estado. La creación y organización de esos monopolios se hará por ley. El Estado favorece y vela por la competencia libre y leal y adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio y del abuso de posición dominante, estableciendo por ley excepciones para los casos de la seguridad nacional;”

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