Los activistas dentro del edificio lo protegen
de ser tomado ilegalmente por políticos opositores venezolanos, como parte del
golpe de Estado continuado.
Los activistas dentro del edificio lo protegen de ser tomado ilegalmente por políticos opositores venezolanos, como parte del golpe de Estado continuado. | Foto: Reuters |
El asedio a la embajada venezolana
incluyó el corte de electricidad y agua, la prohibición de la entrega de
alimentos a las personas dentro de la sede diplomática y agresiones físicas
contra los activistas por parte de opositores.
La Policía de Washington, en Estados
Unidos (EE.UU.), invadió este 16 de mayo la embajada de venezolana y desalojó
de manera forzada al Colectivo de Protección, un grupo de activistas que se
encontraba dentro de la sede diplomática desde el 24 de abril, después de que
ambos países rompieran relaciones. La ocupación constituye una violación a la
Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961.
Los activistas protegen el edificio de
ser tomado ilegalmente por políticos opositores venezolanos, cuyos simpatizantes
mantuvieron un asedio en la embajada, al impedir el acceso de alimentos para
los activistas y agredir a los manifestantes que apoyan el gobierno de Nicolás
Maduro.
Además, la Policía de Washington
participó en el asedio y se encargó de cortar los suministros de electricidad y
agua en el edificio.
Parece que en una redada han detenido a
los cuatro miembros del Colectivo de Protección de la Embajada de Venezuela que
quedaban dentro de la sede diplomática. Más detalles en breve. #CPEV
Violación a la Convención de Viena
Según el artículo 22 de la Convención de
Viena, los locales de la misión diplomática, como la venezolana, no pueden ser
penetrados por agentes del Estado receptor sin el consentimiento del jefe de la
misión, por lo que solo podrían entrar en la embajada si tuvieran la
autorización de los representantes diplomáticos de Venezuela en el país.
Los únicos que actualmente tienen esa
autorización por parte del Gobierno venezolano son los activistas del Colectivo
de Protección de la embajada de Venezuela en Washington.
“El
Estado receptor tiene la obligación de proteger las sedes diplomáticos contra
toda intromisión o daña y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión”,
reza dicho artículo.
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De esta manera, EE.UU. ha violado
reiteradamente el derecho internacional, al permitir que los seguidores de Juan
Guaidó asediaran la embajada hasta intentar entrar, por lo que se está violando
el derecho internacional con la orden de desalojo del Gobierno estadounidense
para entregar la sede al representante de Guaidó en Washington, Carlos Vecchio.
Además, el argumento que sostiene EE.UU.
sobre su reconocimiento al Gobierno paralelo de Juan Guaidó también viola el
artículo 35 de la Convención de Viena: “El Estado receptor está obligado a
respetar y proteger los locales de la misión, y el Estado acreditante podrá
confiar la custodia del mismo a un tercer Estado aceptable para el Estado
receptor”.
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