Por Nassef Perdomo Cordero – Periódico El Día
Esta semana abrió con la noticia de que el
próximo presidente estaría considerando someter una reforma constitucional
para, entre otras cosas, excluir al procurador general de la República (PGR)
del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Aunque fue rápidamente
desmentida, el propósito es razonable tanto en el fondo como en la forma.
Por un lado, es una opinión casi unánime
que la presencia del PGR es una aberración que afecta en forma negativa el
equilibrio de fuerzas en el CNM. Por otro la única forma de excluirlo es
modificar la Constitución.
Sin pretender conocer las razones del
desmentido, no es difícil relacionarlas con el temor que provoca en nuestro
país la simple mención de tal propósito. Temor fundado en que todas las
reformas constitucionales desde 1966 han tocado el tema de la reelección
presidencial. Tengo una opinión contraria: el problema no es que haya sido así,
sino que las reformas no han promovido ni abordado otras cuestiones igualmente
relevantes.
Es un mito fácilmente desmontable aquello
de que somos uno de los países en los que más veces se ha reformado la
Constitución. De hecho, sólo se ha hecho 4 veces en el último medio siglo.
Buen ejemplo de los temas que es necesario
abordar es la figura del PGR, quien concentra en él prerrogativas
contradictorias. Desde la ley 485 de 1964, promulgada por el Triunvirato, las
funciones del PGR y las que corresponderían a un eventual ministro de Justicia
fueron confundidas. Esto ha sido reflejado por las reformas constitucionales
que siguieron a esa fecha. Como consecuencia de ello, las funciones de un
ministro de justicia y las que ejerce del PGR como jefe de la policía judicial
y del Ministerio Público permanecen unidas y no pueden ser separadas por la
ley.
Es importante estudiar el desarrollo de
estas instituciones porque lo que en principio se presenta como la absorción
del Ministerio de Justicia por el Ministerio Público en realidad en el país
tuvo el efecto contrario. Al constitucionalizarse la selección directa del PGR
por el presidente, se le hizo depender de éste.
Como si fuera poco, la reforma de 2010 agregó la guinda al pastel al incluirlo en el CNM, donde como funcionario de libre remoción y nombramiento es un voto que sigue al del presidente de la República. Eliminar esa distorsión bien vale una reforma constitucional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario