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2 de enero de 2015

La caducidad de la vieja cédula en cuenta regresiva

SANTO DOMINGO:- La cuenta regresiva para que venza el plazo de vigencia de la vieja cédula de identidad y electoral culmina en ocho días.
A partir del sábado 10 de este mes, comenzará a tener validez solo el documento nuevo que la Junta Central Electoral (JCE) expide en todo el país, y que el organismo seguirá otorgando en todos sus centros, después de concluido el plazo citado.
“Las expediciones de la nueva cédula de identidad y electoral van a continuar de manera gratuita en todos los centros de cedulación y unidades móviles aún después del día 10 de enero próximo”, indica la JCE en una nota colgada en su página web.
Agrega que los centros de cedulación instalados en las comunidades dominicanas residentes en el exterior continuarán con sus horarios habituales, hasta nuevo aviso.
Antes del feriado de Año Nuevo se observaron largas filas en los centros de cedulación de miles de personas que se apresuraron en último momento a acatar la advertencia de la JCE sobre el proceso.
Los 176 centros habilitados han sido desbordados por la gran cantidad de personas que procuran la renovación. Mientras, los partidos políticos y representantes de poderes públicos han solicitado a la Junta extender la fecha límite para la vigencia de la vieja cédula.
La JCE ha extendido el horario de trabajo en todo el país para facilitar la obtención del documento antes del 10. Exhortó a los ciudadanos que todavía no han renovado su cédula a que lo hagan, aprovechando que los centros laborarán de 8:00 de la mañana a 7:00 de la noche, de lunes a viernes; los sábados, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, y los domingos hasta las 2:00 de la tarde.
En tanto, el magistrado de la JCE, Eddy Olivares, emitió un voto disidente razonado contra la decisión adoptada por el Pleno, en la sesión administrativa ordinaria , celebrada el lunes 15 de diciembre, que declaró la caducidad del nuevo carnet de la cédula a partir del 10 de este mes.
Expresa su desacuerdo con la resolución, en uso de la facultad que le otorga el artículo 10 de la Ley Electoral 275-97.

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