Plan
de Acción (P.A)
Daniel
Guzmán
Asumiendo
fuera aceptada la sugerencia de iniciar el proceso gradual y progresivo de
implementación de las leyes 42-01 y 87-01 como fueron promulgadas, en la Red
Pública de Servicios de Salud Región Este,
El
Ministerio de Salud Pública (MSP) debería abocarse a ejecutar un P. A.
AGOSTO – DICIEMBRE 2017 que como mínimo debería contemplar las siguientes
actividades:
1.-
Presupuesto.
1. Régimen Subsidiado, SFS solicitar incluir en ley de
Presupuesto gestión 2018 RD$ 3,771 millones.
2. régimen Contributivo Subsidiado, SFS solicitar incluir en ley de Presupuesto
gestión 2018 la suma de RD$ 2,640 millones, los afiliados a este Régimen
aportarían aproximadamente RD$ 1,771 millones.
3. Estos recursos deberán ser consignado a la TSS quien
transferirá al SENASA cada mes por persona (capitación) y localidad (Provincia
– Micro Red), SENASA entregará estos recursos por servicios prestado.
Indudablemente para realizar este desmonte de pasar del presupuesto histórico,
a presupuesto por capitación, proceso que deberá formar parte del Reglamento de
Descentralización, que el MSP deberá elaborar.
4. Identificar y realizar evaluación socioeconómica (en
todas las provincias de la Red de Servicios de Salud – Región Este) que
permita registrar en SENASA trabajadores informales con ingresos inestables e
inferiores al salario mínimo, así como a desempleados, discapacitados e
indigentes, beneficiarios del Régimen Subsidiado.
5. La TSS deberá constar con oficinas en todos los
Municipios y Distritos Municipales de la Región Este donde los potenciales
afiliados del Régimen Contributivo Subsidiado puedan registrase y realizar los
pagos, además los afiliados a este Régimen pudieran realizar su aporte mensual
en los bancos, supermercados, otros, tal como si fuera comprar una recarga y/o
un paquetico de un celular.
6. SENSASA deberá disponer de oficina en cada Municipio Y
Distrito Municipal donde los afiliados al Régimen Contributivo Subsidiado
puedan registrar sus familiares y realizar labores propias de esta ARS.
7. En cada uno de 14 hospitales y 151 servicios
ambulatorios, se deberá instalar Sistema de Administración Financiero y
Contable, que permita conocer el costo por producto, de igual manera en
capacidad para facturar a SENASA y/o cualquier otra ARS que tenga contrato de
servicios con la Micro – Red. Los servicios ambulatorios también deberán estar
en capacidad de facturar. Este Sistema fue diseñado en soporte papel en el
Proyecto FONHOSPITAL 2002 con préstamo del BID.
8. En cada uno de los 14 hospitales y 151 servicios
ambulatorios (Clínicas Rurales, UNAP, Consultorios, etc.) se deberá organizar
la Unidad de mercadeo y ventas de servicios, Unidad de servicios al cliente y
Unidad de facturación y cobro. Estas unidades fueron diseñadas en el Proyecto
FONHOSPITAL 2002 con préstamo BID y solo sería realizar los ajustes
correspondientes.
9. En atención a la obligatoriedad, todo paciente que
demande atención en los servicios de las Micro – Redes de la Región Este deberá
estar afiliado alguna ARS.
10.Estancias Infantiles solicitar incluir en la ley de
Presupuesto el monto de RD$ 788 millones destinados a financiar 98,398 niños
(as).
11.Pensión solidaria solicitar incluir en la ley de
Presupuesto el monto de RD$ 1,082 millones, destinados a 22,679 envejecientes.
12.Para un gasto público total de RD$8,281 millones,
0.24% del PBI, no incluye los RD$1,771 millones que aportarían los afiliados al
Régimen Contributivo Subsidiado.
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