El Cañero

31 de octubre de 2019

Caso Leonel y de los demás exprecandidatos irían al TC

Los jueces del Tribunal Constitucional tienen previsto realizar audiencia el 18 de noviembre próximo.
Wanda Méndez – Listín Diario
Santo Domingo.- Sobre los hombros de los jueces del Tribunal Constitucional descansa la posibilidad o no que tendrán los precandidatos que participaron en las primarias del 6 de octubre de ser postulados nuevamente por la misma organización política o por otra.   
Esto así, en virtud de que la alta corte está apoderada de una acción directa de inconstitucionalidad que promueve la nulidad de las disposiciones de la Ley de Partidos Políticos y la Ley de Régimen Electoral porque prohíben a quienes se presentaron como precandidatos o candidatos en la precampaña o la campaña, según sea el caso, postularse nuevamente en el mismo evento electoral.
El 21 de octubre, el exprecandidato a diputado por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Santo Hilario Cedano, impugnó ante el TC el numeral 4 del artículo 49 de la ley 33-18, de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, y el artículo 134 de la ley 15-19, de régimen electoral.
Invoca en la instancia que la prohibición contenida en esos textos legales limita su derecho constitucional a ser elegible y a ser propuesto por otra organización.
Inconstitucional
El exprecandidato señaló que le asiste el derecho de someter la acción de inconstitucionalidad, “para resguardar la posibilidad de ser candidato por otro partido o agrupación política en cuanto a las reservas hechas por esta”.
El fallo que emita el TC, en cualquier sentido, impactará en otros exprecandidatos que presentan similar situación que el accionante, entre ellos el expresidente Leonel Fernández, quien fue precandidato a la presidencia por el PLD y renunció, siendo presentado por La Fuerza del Pueblo, antiguo Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD).
El Tribunal Constitucional tiene previsto realizar audiencia el 18 de noviembre, en la que se espera conozca la instancia de inconstitucionalidad contra las leyes de partidos y de régimen electoral presentada por Hilario Cedano.
Ante la incertidumbre que se ha generado, por las diversas interpretaciones que han dado los juristas a las disposiciones de las leyes de partidos y de régimen electoral, en una u otra dirección, lo más conveniente es que el expediente sea declarado de urgencia y fallado a la mayor brevedad, a fin de que se defina el panorama electoral antes del vencimiento de los plazos para la inscripción de las propuestas de candidaturas en la Junta Central Electoral (JCE).
JCE establece plazo
Precisamente ayer, la Junta ratificó, mediante resolución, los plazos para la inscripción de las candidaturas en todos los niveles, que ya había establecido en el calendario electoral dictado anteriormente. 
Recordó que el plazo para la presentación de las propuestas de candidaturas del nivel municipal para las elecciones de febrero del 2020 vence el 3 de diciembre del 2019, y la fecha límite para la presentación de candidaturas en los niveles  presidencial y congresual para las elecciones de mayo del 2020 es el 3 de marzo del 2020.
Esto significa que los aspirantes en el nivel municipal son los más presionados, porque solo les queda poco más de un mes para que se defina su situación, contrario a los del nivel presidencial y congresual, que tienen un espacio mayor, superior a 4 meses.
En el caso del expresidente Fernández, tendría que comenzar en la JCE a librar su batalla legal, luego que dirigentes del PLD anunciaron ayer que impugnarán su candidatura tanto ante ese órgano electoral, como en los tribunales.
Lo que pondría fin a esta incertidumbre en el ámbito político-electoral, producto de las diversas interpretaciones que han dado los juristas a los textos legales impugnados, es un fallo con prontitud del TC, por su carácter de vinculatoriedad de sus decisiones, cuyo criterio deberán seguir tanto la JCE como los tribunales.
Renuncia del PLD.
Leonel Fernández se postuló como precandidato presidencial del PLD y fue derrotado por Gonzalo Castillo, pero desconoció los resultados denunciando un fraude en su contra y renunció del partido gobernante.
Prohibición.
Las leyes 33-18 y 15-19 prohíben a los precandidatos presidenciales que pierdan en un partido postularse por otra organización en el mismo evento electoral.

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