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16 de agosto de 2014

Cicatrices en la Constitución

RAFAEL PERALTA ROMERO
Desde su nacimiento, en 1844, la República Dominicana  ha sido   azotada por los vientos de la inestabilidad política, los  cuales, si bien han  amainado  en determinados momentos, también es cierto que   durante largos  períodos lanzaron su furia  sobre  nuestra nación, marcando  como zigzagueante   su desarrollo institucional.
Las  horadaciones a la vida institucional han dejado sus  cicatrices  en nuestra Constitución Política, proclamada el 6 de noviembre de 1844, la cual  en  sólo 166 años de vida republicana (1844-2010) ha sufrido treinta y nueve alteraciones. Estas alteraciones incluyen reformas, anulaciones, acomodaciones e incluso arreglos al margen del Congreso Nacional.
En algunos casos las enmiendas procuraron satisfacer necesidades  de cambios en el ordenamiento jurídico de la nación, pero  en algunos momentos sirvieron para resolver crisis circunstanciales  y  otras veces para complacer frivolidades de gobernantes  traumados por la alucinación de la permanencia en el poder.
La primera modificación a nuestra Carta Sustantiva ocurre en febrero de 1854, casi a diez años de  proclamada en San Cristóbal. Esta reforma incluía setenta artículos y ocasionó grandes debates entre corrientes ideológicas muy distanciadas, como la conservadora, con Pedro Santana y Buenaventura Báez como cabezas, y la  tendencia progresista encarnada por los discípulos de Duarte, como Félix María  del Monte y Juan Nepomuceno Tejera.
En noviembre de 1854, el  Congreso Nacional, atendiendo a un pedido del  presidente Pedro Santana, consideró que  la revisión constitucional de ese mismo año provocaba “grandes obstáculos  en la marcha de los negocios públicos” y dispuso una revisión del artículo uno hasta el 161.
A partir de entonces se desató el vendaval de modificaciones constitucionales. Sólo en la década de 1871-1879 se produjeron siete alteraciones. La última alteración del siglo XIX, ocurrida en 1896, fue promovida por el  presidente  Ulises Heureaux y sobrevivió a su progenitor,  ya que prevaleció hasta 1907, cuando el mandatario Ramón Cáceres proclamó la primera modificación a  nuestra Constitución en el siglo XX.
Este  siglo fue abundante  en revisiones constitucionales, llegando a producirse ocho sólo en la séptima década  (1961-70).  La última ocurrió en agosto de 1994, forzada por la circunstancia de una grave crisis política, la cual, por apresurada no dejó de aportar dos frutos provechosos: el primero la creación del Consejo Nacional de la Magistratura y el segundo    el freno a la  posibilidad de reelección sucesiva del presidente de la República.

Esa enmienda, junto a las de 2002 y 2010 , constituyen el objeto de estudio del libro “Tres reformas a la Constitución Política dominicana”, presentado ayer en la biblioteca de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, y cuya autoría comparto con Antoliano Peralta Romero, uno de mis hermanos.

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