Dice se trata de solución intermedia y transitoria mientras se logra total independencia del Ministerio Público
Por El Nuevo Diario
Doctor Manuel Ulises Bonnelly Vega, experto abogado penalista y exjuez de los tribunales dominicanos. |
EL NUEVO DIARIO,
SANTO DOMINGO.- En República Dominicana, constituye un reclamo de las grandes
mayorías el firme enfrentamiento de la corrupción y el cese de la impunidad.
Con miras a lograr tal objetivo ha surgido, en los últimos años, la idea de un
Ministerio Público con mayor independencia.
“Esta
independencia, tal como se ha planteado desde distintos sectores de la vida
nacional, implicaría una reforma constitucional y legal que permita un diseño
del Ministerio Público distinto al existente.” Así explicó el Doctor Manuel
Ulises Bonnelly Vega, experto abogado penalista, en visita girada a El Nuevo
Diario la mañana de este jueves.
El ex juez y
destacado profesor universitario visitó las oficinas de este diario atendiendo
a nuestra invitación con el objetivo de conocer su propuesta sobre la creación
de una Oficina Nacional de Acusadores Particulares del Estado, como una
solución intermedia entre el estado actual y la total independencia del
Ministerio Público o la creación de un fiscal independiente para los casos de
corrupción.
Bonnelly Vega
entiende necesaria una reforma del Ministerio Público como institución la cual
debería incluir, entre otras muchas cosas, la creación de un Ministerio de
Justicia que se encargaría de todos aquellos asuntos que, hoy día, competen al
Procurador General de la República y que no son de la exclusiva esfera de la
investigación penal tales como la Dirección de Prisiones, el Departamento de
Alquileres, la Dirección de ONG’S, la tramitación de exequátur, entre muchas
otras cosas que nada tienen que ver con la función esencial del Ministerio
Público de formular e implementar la política del Estado contra la
criminalidad, dirigir la investigación penal y ejercer la acción pública en
representación de la sociedad, tal como afirma, lo dispone el artículo 169 de
la Constitución.
Esa reforma
-asegura- “también podría incluir la creación de un fiscal especial para
atender infracciones de gran importancia como los delitos relacionados con la
corrupción y, además, la total independencia del Ministerio Público, creando un
mecanismo distinto al vigente para la designación del Procurador General de la
República y la mitad de sus adjuntos que, actualmente, son designados por el
Poder Ejecutivo”.
Sobre este punto,
el también presidente del Grupo Dominicano de la Asociación Internacional de
Derecho Penal, manifestó: “debemos repensar, si luego de la Constitución del
año 2010 y su concepción del Estado Social y Democrático de Derecho, es
razonable que el Procurador General de la República continúe siendo un
funcionario de libre designación y remoción por parte del Poder Ejecutivo. Y lo
mismo puede decirse de los siete de sus adjuntos que designa el Presidente de
la República de un total de los catorce adjuntos del Procurador contemplados en
la ley”.
Añadió que lo
deseable, es que, al igual que los jueces de las altas cortes, el Procurador
General sea seleccionado por un mecanismo distinto al existente y que tenga un
período de inamovilidad, por el tiempo que legalmente se determine, pudiendo
ser renovado o ratificado por un período similar, dependiendo de su desempeño;
ya que – a su juicio- el sistema de libre remoción no solo politiza la
designación del máximo representante del Ministerio Público, sino que conforme
a las experiencias que hemos vivido revelan que esto tiende a mediatizar la
lucha en contra de los grandes delitos que agreden el patrimonio público.
De todos los reclamos que se hacen desde
diversos sectores de la sociedad, uno de los que resulta de mayor relevancia es
el de la creación de una estructura que permita mayor efectividad en la
investigación, persecución y procesamiento de los delitos relacionados con la
corrupción no sólo en procura de castigos ejemplares para quienes, desde el
propio Estado o desde el sector privado, dilapidan el erario público sino de
lograr la anhelada recuperación de esos bienes.
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