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7 de mayo de 2025

¿En qué consiste el proyecto de ley sobre libertad de expresión y medios audiovisuales?

 Las infracciones graves serán sancionadas con la suspensión de la transmisión por hasta 90 días y multas entre 30 a 200 salarios mínimos

Claudia Fernández       Diario Libre


Santo Domingo - El presidente Luis Abinader remitió este viernes 2 de mayo al Senado de la República el proyecto de ley que regulará la libertad de expresión y los medios digitales mediante la Ley Orgánica de libertad de expresión y medios audiovisuales.

Al conocerse la noticia, el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, indicó que se trata de una iniciativa en la que participaron diversos actores de la sociedad civil, medios de comunicación y destacados juristas en la materia, con el fin de crear un marco legal moderno y democrático.

La propuesta reconoce la prohibición de la censura previa, estableciendo que cualquier restricción debe tener un fin legítimo dentro de una sociedad democrática. Asimismo, se reafirma el derecho de los medios a acceder a fuentes informativas sin discriminación, fortaleciendo la transparencia y la diversidad informativa.

¿En qué consiste el proyecto?

De acuerdo con el documento, esta ley tiene por objeto regular la libertad de expresión en todas sus manifestaciones, resguardando todos los derechos conexos a la comunicación social y el periodismo, de conformidad con las reglas del ordenamiento jurídico dominicano sobre acceso a la información, así como los procedimientos administrativos y jurisdiccionales para la protección de los derechos de todas las partes envueltas en el proceso de búsqueda, recepción y difusión de ideas, datos e informaciones.

"Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, en cualquier forma y por cualquier medio. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole", establece el artículo 3 del Capítulo 1.

"El ejercicio de la libertad de expresión no está sujeto a censura previa, sino a responsabilidades ulteriores fijadas expresamente por la ley", agrega en el artículo 4.

Cualquier restricción a este derecho deberá tener un fin legítimo y ser necesaria en una sociedad democrática.

"Toda persona tiene derecho a ser protegido respecto de las injerencias arbitrarias e ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, así como de ataques ilegítimos a su honra o reputación", resalta el texto.

La ley propuesta reconocería el derecho a toda persona a acceder a internet independientemente de su condición social, económica y geográfica, para asegurar el disfrute efectivo del derecho a las libertades de expresión e información, así como a otros derechos fundamentales.

El Estado propenderá a garantizar un acceso universal, ubicuo y equitativo, económicamente accesible y de calidad adecuada a la infraestructura de Internet y a los servicios de las tecnologías de la información y la comunicación.

En el Capítulo II, artículo 6 declara que "la libertad de expresión incluye los derechos a no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras y por cualquier medio de expresión".

Los funcionarios, los políticos, los candidatos a cargos electivos o quienes mantengan una presencia notable, activa e influyente, en los medios de comunicación y en las redes sociales están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad y deben ser más tolerantes con las críticas a su desempeño y funciones.

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