Melvinson Almánzar
-La acción judicial fue incoada por el Centro
Jurídico Batia Ramos.
-El embargo es en base a la primera sentencia
de unas 20 demandas que cursan en los tribunales contra Inposdom por violar el
acuerdo de pago en 45 días y van tres meses.
La referida sentencia evacuada por la quinta
sala del Tribunal Superior Administrativo establece, entre otros aspectos, que
el Inposdom debe pagar RD$500,000 al señor Mervin Jiménez Familia, por concepto
de responsabilidad patrimonial en daños y perjuicios.
Al respecto, el abogado Oliver Batía, afirma
lo siguiente: Esta es la primera sentencia por el incumplimiento al pago de
vacaciones, del total de 20 servidores de carrera que representamos. Los mismos
habían sido desvinculados de forma irregular y en tal virtud acordamos su
reposición el pasado 21 de abril lo cual se cumplió, al igual que el pago de
salarios dejados de percibir, pero los 20 han demandado porque no se les ha
pagado sus vacaciones", explicó Batía.
¿En qué consiste el embargo?
El embargo consiste en que se retienen de las
cuentas institucionales los fondos equivalentes a la demanda, por lo que si en
el plazo establecido no se paga al demandante, automáticamente este dinero el
banco lo debe entregar en su favor por el duplo establecido en la sentencia.
Esta es apenas la primera sentencia de las 20 demandas incoadas y se espera que
con este precedente los otros 20 demandantes también ganen en los mismos
términos.
Las cuentas bancarias del Instituto Postal
Dominicano fueron embargadas mediante acto retentivo núm. 1145/2022, en atención
a lo que establecen los artículos 148 de la Constitución Dominicana y el
artículo 25 de la Ley 107-13.
Según un comunicado, el acto que avala el
embargo es de los protocolos del ministerial Raudy Cruz Núñez, Alguacil
ordinario del Juzgado de Trabajo, Segunda Sala de la Provincia Santo Domingo.
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