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10 de octubre de 2013

¿Discriminados?

En el debate suscitado por la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la nacionalidad, los opositores argumentan que este fallo viene a acentuar el estado de “discriminación” que supuestamente se ejerce contra los haitianos que se encuentran en el país.

Si de veras la “discriminación” fuera tan generalizada, ¿cómo se explica que el 65.5 por ciento de los 458 mil 233 haitianos registrados en la Primera Encuesta Nacional de Inmigrantes haya podido insertarse en la sociedad con trabajos remunerados en la agricultura (35.7%), en la construcción (25.9%), en el comercio (16.5%) y en otros servicios (10.4%)?

De esos inmigrantes, el 92.6 por ciento reportó que posee acta de nacimiento de su país y el 51 por ciento dijo tener cédulas haitianas. Esto confirma su verdadera nacionalidad, de la cual no han sido despojados ni pueden correr ese riesgo, porque la sentencia del Tribunal Constitucional no tiene ese efecto disolvente.

La encuesta revela que el 49.5 por ciento de los inmigrantes haitianos vive en casas independientes y que del total de los haitianos censados “son muy reducidos los porcentajes de la población de inmigrantes de niños, niñas y adolescentes y de personas de 45 y más años” lo que explica el hecho de que la población de inmigrantes esté compuesta por hombres jóvenes entre 20 y 34 años.

 Miles de ellos estudian en escuelas y universidades dominicanas y no se conocen noticias de arrestos ni deportaciones masivas de esos inmigrantes, como tampoco de aquellos que trabajan en hoteles, transporte, explotación de minas y canteras y en otras actividades productivas.

 En el Libro de Extranjería de la Junta Central Electoral, los hijos de madres haitianas representan el 95.6 por ciento de los inscritos, con 17,390 hijos nacidos en maternidades dominicanas, cuyos costos de atención los asume el Gobierno “discriminatoriamente”, pues lo hace en perjuicio de las parturientas dominicanas, que no cuentan con ese beneficio.

 Lo mismo ocurre con los haitianos tratados de sus accidentes o enfermedades en diversos hospitales ya que, según la misma encuesta, el 91.8 por ciento de estos inmigrantes “no cuenta con un seguro de salud”.

 Si la “discriminación” fuese, en verdad, tan generalizada, al Tribunal Constitucional no se le hubiese ocurrido proponer un plan de regularización del estatus de esos residentes ilegales para que puedan obtener sus documentos de residencia y hasta de ciudadanía si se acogen a los requisitos de la ley.

 Si se ajustaran a la ley, harían como otros extranjeros que, en proporción de 40 y 50 personas, juran mensualmente por la nacionalidad dominicana en ceremonias formales del Ministerio de Interior y Policía. ¿Por qué los haitianos no lo hacen?

 En momentos en que este debate se pone más interesante en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, esta noticia circula por las redes: “El Servicio Jesuita a Refugiados para Latinoamérica y el Caribe (SJR-LAC) denuncia que los migrantes haitianos son rechazados y apresados en Brasil, Perú, Guyana Francesa y Ecuador, donde se registra un endurecimiento de las políticas migratorias”.


 ¿Por qué, entonces, al país le cargan tanto los dados de la “discriminación” y la “exclusión” si lo que el Tribunal Constitucional ha hecho es flexibilizar las políticas en favor de la regularización y no endurecerlas como aquellos? (LD)

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