La Junta Monetaria (JM) dio a conocer el reglamento
que regirá las operaciones de tarjeta de crédito, mecanismo que obligará a una
reducción en el costo del financiamiento vía dinero plástico. El reglamento,
aprobado el 7 de febrero pasado, fue publicado íntegro en la prensa nacional y
en la página web del Banco Central, para conocimiento de los sectores económica
y financiero, así como del público en general. Con la nueva
reglamentación, la Junta Monetaria busca contribuir a una inclusión financiera
más equilibrada y justa, por el alto nivel de transparencia que deberán mostrar
las entidades emisoras ante sus tarjetahabientes y por las ventajas
que en términos de reducción de costos se generarán a favor de los mismos.
El Reglamento aprobado establece, entre otros
aspectos, la tasa promedio ponderado de los préstamos al consumo como tasa de
referencia a ser aplicada para el financiamiento de los consumos vía
tarjetas de crédito, lo cual contribuirá a inducir a una baja
significativa de las tasas de interés que hasta ahora cobra el sector
financiero por dicho servicio.
Actualmente, la tasa promedio ponderado para los
préstamos al consumo es de un 23%, mientras que la aplicada por los
intermediarios financieros al financiamiento vía tarjeta es de hasta 8%
mensual, que representa un 96% anual.
El reglamento también prohíbe taxativamente a las
entidades emisoras cobrar a los tarjetahabientes intereses sobre intereses, y
reitera que el cálculo de dichos intereses debe ser sobre el saldo insoluto.
Había queja de que se calculaba sobre saldo absoluto, es decir, sobre el monto
global, sin rebajarle los abonos.
La disposición y los dos aspectos anteriores, deberá
contribuir a una reducción sustancial de las cuotas a pagar por los
tarjetahabientes. La JM dispuso, asimismo, la incorporación de un formato único
estandarizado para los estados de cuenta de los tarjetahabientes, lo que
significa que los mismos podrán visualizar por primera vez en su Estado la tasa
efectiva que se aplica a su financiamiento y el desglose de las diferentes
comisiones y cargos preestablecidos, lo cual además les permitirá
hacer comparaciones en un escenario más competitivo.
Y obliga que las entidades emisoras de tarjetas de
crédito, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, publiquen con la
periodicidad establecida en cada caso las tasas de interés aplicables a este
servicio financiero, en aras de fomentar la transparencia y competitividad.
La medida obliga a la entidad emisora a notificar al
titular de la tarjeta las modificaciones contractuales, así como el
derecho que le asiste a éste de rechazarlas si lo comunica oportunamente, sin
tener que asumir que las ha aceptado, en caso de no dar respuesta inmediata
sobre las modificaciones. (Entérate Hispano)
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