La Presidencia de la República hizo público
ayer el decreto 250-14 emitido por el presidente Danilo Medina con el
Reglamento que contiene los procedimientos que hacen posible la aplicación de
la ley 169-14. Dicha ley establece un régimen especial para personas nacidas en
el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano
y sobre naturalización.
El gobierno del presidente Danilo Medina
está convencido de que los ciudadanos y ciudadanas de la República Dominicana
no necesitan ser especialistas ni expertos en cualquier materia para participar
de su derecho a estar informados y a opinar sobre los asuntos públicos.
Para fortalecer el empoderamiento ciudadano,
preparamos este documento que recoge algunas de las cosas que podrían interesarte
sobre el decreto 250-14.
Ha sido preparado en forma de preguntas y
respuestas con la intención de facilitar su comprensión.
¿Cuáles objetivos persigue el Reglamento?
El objetivo del reglamento es garantizar la
aplicación estricta, objetiva y eficaz de la ley 169-14, para que beneficie a
quienes corresponde legítimamente, al tiempo que establece los controles
necesarios para evitar cualquier abuso de la misma.
¿Por qué es necesario este Reglamento?
La Ley 169-14, dispone expresamente en su
artículo 12, que el Poder Ejecutivo debe dictar un reglamento para la
aplicación de los Capítulos II (Del Registro de hijos de extranjeros nacidos en
la Republica Dominicana) y III (De la Naturalización).
¿Se aplica a las personas hijas de padres
extranjeros que ya contaban con algún tipo de documento de identidad
dominicano?
No. Lo relativo a estas personas (caso de
Juliana Deguis) se encuentra previsto en el Capítulo I (Régimen Especial) de la
Ley 169/14. Se trata de un texto auto aplicativo que no necesita de
reglamentación adicional.
¿Respeta el Reglamento la Sentencia 168/13
del Tribunal Constitucional?
Este reglamento es respetuoso de la
jerarquía normativa. Respeta la Constitución, la Sentencia 168-13, y la Ley
169-14, al circunscribirse solo a los detalles que hacen posible el registro y
regularización de extranjeros nacidos en territorio nacional.
¿Respeta su contenido el principio de
separación de los poderes y la autonomía de la Junta Central Electoral?
Si, por supuesto.
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