El decreto se emitió con el propósito de fortalecer la producción de
cerdos, disponer de los mecanismos legales necesarios para el registro,
vigilancia, notificación temprana y diagnóstico ágil de las enfermedades que
incidan en esta actividad económica, así como establecer los requisitos básicos
que deberán aplicarse a sus residuos y desechos.
“La bioseguridad es una de la inversión más importante en la producción,
no solo porcina sino en todas las especies. Por lo tanto, considero este
decreto como oportuno y estratégico; es el mejor regalo que el presidente Luis
Abinader les ha dado a los productores de cerdo del país”, apuntó el
funcionario. Dijo que el decreto fortalecerá el sistema sanitario nacional y
mejorará la producción de carne porcina.
“Ganadería cuenta con las herramientas técnicas y logísticas para
aplicar esa ley, y trabajarán junto de Ministerio de Agricultura, basado en la
Ley 40-30, que es la Ley Sanitaria, en elaborar y aplicar reglamento de la
bioseguridad y la producción porcina”, indicó Molina. Explicó que el reglamento
no se aplicaba porque “no existía como existe en el sector avícola”.
Agregó que luego de que el presidente emitiera el decreto núm. 663-23 se
va a elaborar y aplicar el reglamento como tal en la producción porcina
nacional y mejorar la bioseguridad de las granjas, según las instrucciones del
presidente de la República. “Desde ya se trabajará en la ubicación y colocación
de granjas en chequeos de zonas que podrían estar afectadas.
Esto beneficiaría sanitariamente y evitaría contagios de más
enfermedades que afecta la producción porcina”, argumentó. Añadió que la
aplicación del decreto incrementaría la producción y productividad, que se
convertiría en mejores ingresos para los productores de cerdos y precios
asequibles a los consumidores dominicanos.
A través del decreto el presidente Luis Abinader instruye al Ministerio
de Agricultura a que, de conformidad con la Ley núm. 4030, del 13 de enero de
1955, elabore y emita el reglamento correspondiente para el cumplimiento del
artículo l del presente decreto.
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