Considera que Gonzalo Castillo se valió de su
condición de alto funcionario del gobierno para adquirir el hotel Bahoruco
Beach Resort. Considera que en este negocio se evidencia claramente un manejo
mafioso y corrupto.
Santo Domingo.- La Alianza Dominicana Contra
la Corrupción, ADOCCO, dijo hoy que el ministro de Obras Públicas y
Comunicaciones, Gonzalo Castillo, se beneficia de informaciones privilegiadas,
de potenciales proyectos turísticos que serán levantados en la zona sur del
país, que comprenden las provincias de Barahona y Pedernales, por lo que no es
casual que sus empresas hayan adquiridos inmuebles en la zona, lo que
constituye sin lugar a dudas una violación a los preceptos éticos y legales que
deben observar los funcionarios públicos que juran cumplir la constitución y
las leyes.
La organización de la sociedad civil que
lucha contra la corrupción y por la transparencia, entiende que el ministro
Gonzalo Castillo, habría incurrido en los delitos de tráfico de influencia y
prevaricación al adquirir el hotel Bahoruco Beach Resort, de Barahona, al
estatal Banco de Reservas por unos 91 millones de pesos, de los cuales el
propio banco le otorgara un préstamo por unos 37 millones de pesos, préstamo
que fue saldado más adelante con otro préstamo de una entidad bancaria del
sistema financiero, de acuerdo a declaraciones ofrecidas por el ministro, lo
que deja establecido que en el 2013 cuando realizo esa negociación estaba en
pleno ejercicio de la función que aun ostenta.
Considera que Gonzalo Castillo se valió de su
condición de alto funcionario del gobierno para adquirir el hotel Bahoruco
Beach Resort. Considera que en este negocio se evidencia claramente un manejo
mafioso y corrupto.
De la Rosa cree que Castillo pudo haberse
aprovechado de su condición de funcionario “para obtener beneficios” al
adquirir un bien que aunque no era público, si estaba en manos del banco del
estado dominicano, por lo que de pregunta “si el señor Castillo le interesaba
el inmueble que llevaba varios años cerrado y en manos de la entidad bancaria,
porque no lo adquirió antes del 2012?, acaso no era sujeto de crédito?, por lo
que se colige que logró las facilidades que le otorga su condición, práctica
prohibida en el artículo 146 de la Constitución, que proscribe la corrupción en
los órganos del Estado”.