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3 de agosto de 2026

El Código Penal rige desde hoy lunes; las reformas quedan en pausa

 A pesar de los intensos debates registrados en los últimos meses, el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo lograron acordar la aprobación y promulgación del nuevo marco penal dominicano. A partir de este lunes, los tribunales de todo el territorio nacional podrán sancionar a los ciudadanos bajo estas nuevas clasificaciones jurídicas.

Desde este lunes, los tribunales de todo el territorio nacional podrán sancionar a los ciudadanos bajo estas nuevas clasificaciones jurídicas. LISTÍN DIARIO

Ángel Valdez

Santo Domingo, LD.- Este lunes 3 de agosto de 2026 entra formalmente en vigencia el nuevo Código Penal, dejando en el pasado una legislación con más de 141 años de historia.

Sin embargo, según información de carácter oficial conocida por Listín Diario, la jornada arranca marcada por un modalidad jurídico fundamental: el texto base del Código Penal entra en vigencia a partir de hoy, pero no así las reformas aprobadas recientemente.

Existe una confusión generalizada, incluso entre profesionales del derecho, que asume que las modificaciones introducidas en las últimas semanas aplican de inmediato.

En realidad, conforme al artículo 1 del Código Civil, estas reformas solo serán obligatorias una vez que transcurran los plazos legales tras su publicación en la Gaceta Oficial.

Debido a que la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo aún elabora dicha edición, la cual se difundirá primero en formato digital y luego impreso, las enmiendas permanecen suspendidas.

Esto genera un efecto legal directo: a quien cometa un delito a partir de este lunes se le aplicará el texto del código aprobado el año pasado sin las modificaciones, salvo en los casos donde la versión reformada le sea formalmente más favorable.

Asimismo, esta dinámica provocará una entrada en vigor territorialmente desfasada para las reformas, aplicando primero en el Distrito Nacional y posteriormente en el resto del país (incluyendo la provincia de Santo Domingo).

Ante esta situación, recientemente se sometió al Congreso Nacional un proyecto de ley para modificar el artículo 1 del Código Civil y resolver estos inconvenientes de promulgación.

Aplicación de la ley y retroactividad

Conforme al artículo 393 de la Ley 74-25, los tribunales de todo el territorio nacional quedan habilitados desde este lunes para juzgar bajo las decenas de nuevas figuras penales y castigos antes no contemplating.

No obstante, la entrada en vigor del nuevo marco penal no aplica de forma automática para expedientes en curso. El artículo 110 de la Constitución dominicana consagra la irretroactividad de la ley: solo disponen para el porvenir y únicamente tienen efecto retroactivo «cuando sea favorable al que esté sub júdice o cumpliendo condena».

Los cambios pendientes de publicación

Entre los ajustes introducidos por la Cámara de Diputados y el Senado, que entrarán en vigor tan pronto se cumplan los plazos de la Gaceta Oficial, figuran disposiciones vinculadas a la libertad de expresión, la medicina, la responsabilidad penal de personas jurídicas, delitos contra menores y corrupción administrativa.

Estafa agravada: Castigada con penas de 5 a 10 años de prisión, incluyendo específicamente la venta o promesa de bienes en plano tras recibir pagos parciales o totales.

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