Por: Laddy A. Cortorreal E.
En el mes de febrero de este año 2017, específicamente el día martes 21, amanecimos con la promulgación de la Ley 63-17, la cual viene con misión o por lo menos ayudar a ir creando la zapata para una nueva forma de vida en lo relativo a la movilidad, tránsito, transporte terrestre y la seguridad vial en nuestro país.
Como su nombre lo dice. “Ley de movilidad, el tránsito, el transporte terrestre y la seguridad vial”, muy abarcadora, por lo que hay que prestarle toda la atención posible, especialmente en el aspecto de orientación o educación ciudadana.
No cabe la menor duda, que ya era más que evidente y necesario contar con herramientas por lo menos socialmente adaptadas a estos tiempos, ya que la antigua y obsoleta Ley 241, hacía una presión permanente no solo en lo concerniente al tránsito, sino también a un aspecto tan importante como la seguridad vial.
Para indicar la importancia de este instrumento jurídico, quiero comenzar con el primer considerando, el cual dice, cito: “Que en la actualidad las actividades de movilidad, transporte terrestre, tránsito y la seguridad vial constituyen uno de los principales problemas económicos, sociales y de salud en la República Dominicana, debido a la gran cantidad de accidentes de tránsito que ocurren en las vías públicas y que ocasionan pérdidas de vidas humanas, traumas, heridas y daños materiales a la propiedad pública y privada”, cierro la cita.
Hay que observan el alcance de esta ley, más sin embargo, hay que decir entre otra cosas, que todo esto fue debido y es aún debido, a la incapacidad de las autoridades competentes de diseñar proyectos o planes que vayan dirigidos especialmente a descongestionar un poco el parque vehicular el cual está saturado sobre un 200% de su capacidad real, no sólo en el Gran Santo Domingo, debemos de coincidir en señalar que este fenómeno ocurre a lo largo y ancho de casi todo el territorio dominicano.